SII - Oficio N°2733 (24/11/2020)
Servicio de bicicletas compartidas califica como movilización urbana con exención IVA
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos confirma que el servicio de bicicletas urbanas compartidas de TTTTTT califica como movilización urbana, aplicando la exención de IVA sobre sus ingresos, según el artículo 13, N° 3 de la LIVS, tras análisis jurisprudencial y normativo.
Resumen
- Se solicita confirmar la calificación de la empresa TTTTTT como empresa de movilización urbana para efectos de la aplicación de la exención de IVA dispuesta en el artículo 13, N° 3, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- La empresa TTTTTT ofrece un servicio de arriendo compartido de bicicletas urbanas mediante una plataforma y aplicación móvil, distribuidas en el radio urbano de Santiago.
- El servicio de TTTTTT permite a los usuarios movilizarse y trasladarse, conectando con la red de transporte público de la ciudad, mediante el uso de bicicletas ubicadas en zonas habilitadas por municipalidades.
- La empresa cuenta con convenios municipales que autorizan el uso de bienes nacionales de uso público para la ubicación de bicicletas y regulan aspectos técnicos y adminis...
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