SII - Oficio N°3232 (15/11/2021)
Formalidades para acreditar impuestos pagados en el exterior como crédito tributario
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos de Chile clarifica los requisitos de legalización, apostille y verificación para acreditar impuestos pagados en el exterior como crédito tributario, según la Ley N° 21.210.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) clarifica las formalidades para acreditar impuestos pagados en el exterior, utilizables como crédito tributario en Chile, según el artículo 41 A de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), modificado por la Ley N° 21.210.
- Los impuestos soportados en el extranjero deben acreditarse mediante el comprobante de pago, declaración de impuestos o un certificado oficial expedido por la autoridad tributaria extranjera competente.
- Si no se dispone de los documentos habituales, el contribuyente puede acreditar el pago de impuestos extranjeros por cualquier medio de prueba legal admisible.
- Se acepta una traducción no oficial de los documentos en idioma distinto al español, siempre que sea suscrita por el contribuyente o su representante declarando su fide...
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