SII - Oficio N°3451 (06/12/2021)
Aplicación norma presunción término de giro artículo 69 Código Tributario
Abstracto
Este oficio del SII aclara la aplicación de la presunción de término de giro del Art. 69 del Código Tributario, especialmente ante extravío de documentos, detallando obligaciones y consecuencias.
Resumen
- La consulta se refiere a la aplicación del inciso final del artículo 69 del Código Tributario sobre la presunción legal de término de giro, en un caso donde los documentos de la empresa se extraviaron.
- El inciso final del artículo 69 del Código Tributario establece una presunción legal de término de giro que habilita al Servicio de Impuestos Internos (SII) para declararlo mediante resolución, sin necesidad de citación previa, cuando el contribuyente no ha dado el aviso respectivo y concurren los requisitos legales.
- La presunción legal de término de giro contemplada en el inciso final del artículo 69 del Código Tributario no opera si el contribuyente ha presentado previamente el aviso de término de giro o actividades.
- Los contribuyentes que hubieren terminado su giro comercial o ind...
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