SII - Oficio N°3463 (07/12/2021)
Tratamiento tributario de herencia extranjera y su ingreso a Chile.
Abstracto
El Servicio aclara que la herencia recibida en el extranjero por un residente chileno, cuyos causantes no residían en Chile ni adquirieron los bienes con recursos chilenos, no está sujeta al Impuesto a las Herencias ni al Impuesto a la Renta; el Servicio no determina mecanismos de ingreso de divisas.
Resumen
- El presente oficio analiza el tratamiento tributario de bienes adquiridos por herencia en el extranjero por un ciudadano alemán residente en Chile, que recibió dicha herencia en Alemania.
- Los incisos segundo y tercero del artículo 1° de la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones (LIHD) establecen que los bienes situados en el extranjero deben colacionarse en el inventario para determinar el impuesto.
- Sin embargo, para sucesiones de extranjeros, los bienes situados en el exterior solo se colacionan si fueron adquiridos con recursos provenientes del país.
- El Servicio ha resuelto que la LIHD no es aplicable a la sucesión de un extranjero no domiciliado ni residente en Chile, si los bienes en el exterior no fueron adquiridos con recursos del país.
- Por ...
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