SII - Oficio N°3639 (23/12/2021)
Determinación de IVA aplicable a centros de rehabilitación de drogas
Abstracto
Este oficio determina que los ingresos de centros de rehabilitación para adictos son afectos a IVA al ser análogos a clínicas, salvo que califiquen como sociedades profesionales exentas según LIR y LIVS.
Resumen
- La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), en su artículo 2°, número 2, define el hecho gravado 'servicio' como toda acción o prestación que una persona realiza para otra, por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquier otra forma de remuneración. Dicha definición es aplicable siempre que la prestación provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los números 3 o 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- El número 4 del artículo 20° de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) contempla dentro de las rentas afectas a impuesto, aquellas obtenidas por clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos análogos particulares. Esto establece un nexo entre los establecimientos de salud y la generación de rentas gravadas.
- Para det...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora