SII - Oficio N°3640 (23/12/2021)
Naturaleza del ISFUT y su comunicación en convenios de doble tributación
Abstracto
El SII confirma que el ISFUT chileno sustituye impuestos finales a la renta y anticipa su pago, pero no ha sido comunicado a Suiza y Uruguay por considerarse un régimen especial, no un nuevo impuesto.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile confirma la naturaleza del Impuesto Sustitutivo al Fondo de Utilidades Tributables (ISFUT) como un tributo que sustituye a los impuestos finales a la renta, es decir, el impuesto global complementario o el impuesto adicional, afectando a los dueños de las empresas.
- El propósito principal del ISFUT es anticipar la declaración y el pago de los impuestos finales a la renta que corresponderían en el futuro, actuando como un mecanismo de recaudación anticipada.
- Las utilidades acogidas al régimen ISFUT, al ser retiradas, distribuidas o remitidas a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, son efectivamente gravadas con el impuesto adicional establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Esta aplicación se ha verificado med...
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