SII - Oficio N°3640 (23/12/2021)

Naturaleza del ISFUT y su comunicación en convenios de doble tributación

Abstracto

El SII confirma que el ISFUT chileno sustituye impuestos finales a la renta y anticipa su pago, pero no ha sido comunicado a Suiza y Uruguay por considerarse un régimen especial, no un nuevo impuesto.

Resumen

  • El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile confirma la naturaleza del Impuesto Sustitutivo al Fondo de Utilidades Tributables (ISFUT) como un tributo que sustituye a los impuestos finales a la renta, es decir, el impuesto global complementario o el impuesto adicional, afectando a los dueños de las empresas.
  • El propósito principal del ISFUT es anticipar la declaración y el pago de los impuestos finales a la renta que corresponderían en el futuro, actuando como un mecanismo de recaudación anticipada.
  • Las utilidades acogidas al régimen ISFUT, al ser retiradas, distribuidas o remitidas a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, son efectivamente gravadas con el impuesto adicional establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Esta aplicación se ha verificado med...

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