SII - Oficio N°3644 (23/12/2021)

Interpretación del IVA en venta de inmueble de activo fijo por rentista

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que la venta de un inmueble de activo fijo de una sociedad rentista no está afecta a IVA si no existe habitualidad en la operación y el ánimo de adquisición no fue para reventa, debiendo acreditarse los supuestos en fiscalización.

Resumen

  • La consulta se centra en determinar si la venta de un bien raíz inmueble, aportado como activo fijo a una sociedad, está sujeta al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • El contribuyente argumenta que la sociedad, constituida en 1985, ha tenido como actividad exclusiva el arriendo de propiedades, con renta exenta de IVA y sin uso de crédito fiscal, solicitando confirmar que su venta no debería afectar a IVA por falta de habitualidad comercial.
  • El artículo 2º de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) establece que las ventas de bienes corporales inmuebles construidos, nuevos o usados, realizadas por vendedores habituales, se encuentran gravadas con IVA.
  • La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios faculta al Servicio de Impuestos Internos para calificar la habitualidad d...

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