SII - Oficio N°1068 (25/03/2022)
Circular 73/2020: Determinación de UBET y devolución de capital según LIR
Abstracto
Esta circular aclara la determinación de utilidades de balance en exceso de las tributables (UBET) ante una devolución de capital, señalando que el capital aportado y sus reajustes son ingreso no renta y deben excluirse del cálculo de UBET.
Resumen
- La Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), en su artículo 14, letra A) N° 1, regula las rentas de empresas con contabilidad completa y determinación de Impuesto de Primera Categoría (IDPC) sobre base de renta efectiva.
- Los contribuyentes de impuestos finales (IF) tributan sobre el total de cantidades retiradas, remitidas o distribuidas, salvo excepciones como ingresos no renta, rentas exentas, rentas con tributación cumplida, o devoluciones de capital y sus reajustes según el artículo 17 N° 7 LIR.
- El cuarto y quinto orden de imputación del artículo 14, letra A) N° 4 LIR, buscan resguardar la recaudación fiscal de UBET y el derecho de los propietarios a recibir devoluciones de capital como ingreso no renta.
- Las 'utilidades de balance' (UBET) no corresponden a la mera utilidad financier...
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