SII - Oficio N°1112 (29/03/2022)
Oficio: Deducción gastos medioambientales según Ley Renta y Ventas
Abstracto
Este oficio del Servicio de Impuestos Internos aclara la deducibilidad de gastos por compromisos medioambientales bajo el artículo 31 LIR y 23 LIVS, detallando requisitos, hipótesis, límites y ejemplos aplicables.
Resumen
- La Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), artículo 31, inciso cuarto, número 13, permite deducir gastos y desembolsos incurridos por el contribuyente en cumplimiento de obligaciones medioambientales, ya sean estas obligatorias o voluntarias, cumpliendo los requisitos generales del inciso primero del artículo 31.
- Existen dos hipótesis para la deducción de gastos y desembolsos bajo el artículo 31, LIR: a) aquellos incurridos con ocasión de compromisos ambientales incluidos en el estudio o declaración de impacto ambiental de un proyecto aprobado por autoridad competente; y b) aquellos efectuados en favor de la comunidad que supongan un beneficio de carácter permanente.
- Los gastos en favor de la comunidad (letra b) pueden incluir la construcción, equipamiento o mejora de obras e infraestru...
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