SII - Oficio N°1115 (29/03/2022)
Tratamiento Tributario de Servicios de Publicidad de No Domiciliados en Chile
Abstracto
Este oficio del Servicio de Impuestos Internos analiza el tratamiento tributario de servicios de publicidad de no domiciliados en Chile a contribuyentes de IVA, concluyendo que estarán afectos a impuesto adicional (IA) y exentos de IVA, salvo aplicación de convenios.
Resumen
- Un contribuyente acogido al régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) que incrementa sus ingresos promedios anuales a más de 100.000 unidades de fomento pierde el beneficio de la exención de impuesto adicional (IA) contenida en la letra F) del artículo 14 de la LIR.
- Los servicios de publicidad prestados por una plataforma no domiciliada ni residente en Chile a un contribuyente de este país se encuentran afectos a Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) conforme a la letra n) del artículo 8º de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- El número 4 de la letra n) del artículo 8º de la LIVS grava la publicidad, con independencia del soporte o medio a través del cual sea entregada, materializada o ejecutada, cuando es prestada por domic...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora