SII - Oficio N°1141 (30/03/2022)

Aplicación de IVA en reliquidación de impuesto verde por empresas eléctricas

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que la reliquidación del impuesto verde no constituye venta ni servicio, por lo que no requiere factura IVA, bastando un documento interno para acreditar dicho gasto deducible.

Resumen

  • El "impuesto verde" grava las emisiones de ciertos materiales contaminantes y afecta a las personas que sean titulares de los establecimientos que las generan.
  • Por mandato legal, el "impuesto verde" debe reliquidarse anualmente y trasladarse a otros contribuyentes que efectúen retiros de energía del sistema, a prorrata de sus retiros, según lo determine el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN).
  • Una empresa eléctrica que no es sujeto pasivo del "impuesto verde" y que, por consecuencia de la reliquidación, debe reembolsar a otras empresas eléctricas un monto determinado por dicho tributo reliquidado, consulta sobre la documentación tributaria aplicable.
  • El "impuesto verde" no debe ser considerado en la determinación del costo marginal instantáneo de energía, según lo dispuesto en el a...

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