SII - Oficio N°646 (01/03/2022)

Tratamiento tributario enajenación bien raíz agrícola persona natural renta presunta

Abstracto

Este oficio aclara que el mayor valor obtenido en la enajenación de un bien raíz agrícola adquirido antes de 2004 por una persona natural que declara renta presunta será considerado un ingreso no constitutivo de renta si se cumplen requisitos legales.

Resumen

  • El documento aborda la consulta sobre la tributación de la renta obtenida en la enajenación de un bien raíz agrícola adquirido en 1996 por una persona natural que declara impuesto a la renta en base a renta presunta.
  • Se aplica el párrafo final del numeral XVI del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780, que rige para el mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíz por personas naturales.
  • Las personas naturales que no son contribuyentes del impuesto de primera categoría que declaran su renta efectiva y que adquirieron los bienes antes del 1 de enero de 2004, se sujetarán a la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.
  • Según la norma vigente al 31 de diciembre de 2014, el mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces que no for...

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