SII - Oficio N°649 (01/03/2022)
Tratamiento tributario de cesión de derechos de agua e emisión de facturas
Abstracto
La cesión de derechos de aprovechamiento de agua no está gravada con IVA; los cedentes deben emitir facturas no afectas o exentas para documentar la operación.
Resumen
- Una sociedad por acciones dedicada a la minería requiere agua industrial y planea adquirir derechos de aprovechamiento de agua de personas naturales.
- Se consulta sobre el tratamiento tributario de la enajenación de estos derechos de agua y la procedencia de emitir facturas de compra.
- El artículo 5 del Código de Aguas establece que las aguas son bienes nacionales de uso público, sin perjuicio del derecho de aprovechamiento otorgado a particulares.
- Los artículos 4 y 6 del Código de Aguas definen el derecho de aprovechamiento de aguas como un derecho real sobre estos bienes, de naturaleza mueble, que puede reputarse inmueble si se destina al uso, cultivo o beneficio de un inmueble.
- La operación consultada consiste en la cesión onerosa de bienes incorporales, específicamente el derec...
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