SII - Oficio N°821 (10/03/2022)

Interpretación sobre apertura de sucursal y patente municipal para venta de módulos

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que la apertura de sucursal por venta de módulos en terreno solo aplica si se cumplen criterios específicos, y que no es competente para pronunciarse sobre patentes municipales.

Resumen

  • El Servicio de Impuestos Internos define sucursal como un establecimiento que depende de otro central, desempeña sus mismas funciones y se encuentra en un lugar diferente.
  • Una empresa deberá abrir una sucursal en el lugar donde instale cada módulo únicamente si concurren los presupuestos de dependencia, mismas funciones y distinto lugar, debiendo dar aviso conforme a la Circular N° 31 de 2007.
  • El mero traslado e instalación en terreno de módulos vendidos, si el rubro corresponde a fabricación y comercialización de paneles y materiales de construcción, no implica automáticamente la obligación de abrir una sucursal en cada lugar de instalación.
  • El Servicio de Impuestos Internos informa que no es competente para emitir pronunciamientos sobre normas de tributación municipal ni sobre el...

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