SII - Oficio N°1319 (19/04/2022)

Alcance impuesto sustitutivo Ley 21.210 sobre utilidades acumuladas

Abstracto

Oficio del SII interpreta el artículo 25° transitorio de la Ley 21.210, concluyendo que utilidades con ISFUT pagado en Chile, distribuidas vía sociedad extranjera a Chile, pierden su carácter de tributación cumplida.

Resumen

  • El artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210 estableció un impuesto sustitutivo de los impuestos finales (ISFUT) sobre el saldo de utilidades tributables acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2016.
  • Este régimen tributario busca anticipar la declaración y pago del Impuesto Global Complementario (IGC) o del Impuesto de Primera Categoría (IA) sobre dichas utilidades pendientes de tributación.
  • El pago del ISFUT cumple con la tributación que la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) contempla para las rentas acumuladas en el fondo de utilidades tributables (FUT).
  • Los contribuyentes que paguen, remesen al exterior, abonen en cuenta o pongan a disposición estas cantidades, no deberán efectuar la retención de impuesto (IA) que establece el N° 4 del artículo 74 de la LIR, al ha...

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