SII - Oficio N°1424 (28/04/2022)
Oficio SII: IVA y SPA ante Ley 21.420 y servicios profesionales
Abstracto
Se aclara que una SPA que realiza actividades comerciales y servicios profesionales no califica para exención de IVA en dichos servicios, pues el requisito es la exclusividad, según interpretaciones a la Ley 21.420.
Resumen
- La consulta se centra en la situación tributaria de una Sociedad por Acciones (SPA) que dedica su actividad a la importación y venta de bienes (afecta a IVA) y a la prestación de servicios profesionales.
- Se solicita determinar si las asesorías profesionales prestadas por la SPA continúan exentas de IVA tras las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420, o si es necesario constituir una sociedad independiente para estas últimas.
- Según el artículo 2°, número 2°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), se define 'servicio' como toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe una remuneración.
- La Ley N° 21.420 modificó el artículo 2°, número 2°, de la LIVS, eliminando, a partir del 1° de enero de 2023, la exigencia previa de que...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora