SII - Oficio N°1424 (28/04/2022)

Oficio SII: IVA y SPA ante Ley 21.420 y servicios profesionales

Abstracto

Se aclara que una SPA que realiza actividades comerciales y servicios profesionales no califica para exención de IVA en dichos servicios, pues el requisito es la exclusividad, según interpretaciones a la Ley 21.420.

Resumen

  • La consulta se centra en la situación tributaria de una Sociedad por Acciones (SPA) que dedica su actividad a la importación y venta de bienes (afecta a IVA) y a la prestación de servicios profesionales.
  • Se solicita determinar si las asesorías profesionales prestadas por la SPA continúan exentas de IVA tras las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420, o si es necesario constituir una sociedad independiente para estas últimas.
  • Según el artículo 2°, número 2°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), se define 'servicio' como toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe una remuneración.
  • La Ley N° 21.420 modificó el artículo 2°, número 2°, de la LIVS, eliminando, a partir del 1° de enero de 2023, la exigencia previa de que...

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