SII - Oficio N°1209 (19/04/2023)

Determinación de documento tributario para personas sin inicio de actividades

Abstracto

Se define el tipo de documento tributario (factura o boleta) a emitir por ventas o servicios a personas naturales sin inicio de actividades, dependiendo de si estas son contribuyentes de IVA en la operación.

Resumen

  • Las personas que celebren contratos o convenciones deben emitir facturas o boletas por las operaciones que efectúen, conforme al artículo 52 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), aun cuando los impuestos no se apliquen o las operaciones estén exentas.
  • Los contribuyentes afectos a IVA deben emitir facturas respecto de sus ventas o servicios a otros contribuyentes de dichos tributos.
  • En casos distintos a operaciones entre contribuyentes de IVA, se deben emitir boletas, incluso por ventas o servicios exentos.
  • Se define como contribuyente, según el artículo 3º de la LIVS, a toda persona natural o jurídica, comunidades y sociedades de hecho, que realicen ventas, presten servicios o efectúen cualquier otra operación gravada con los impuestos de la LIVS.
  • Si un contri...

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