SII - Oficio N°1290 (27/04/2023)
Tratamiento tributario de la compraventa y comisiones de criptomonedas en Chile
Abstracto
Este oficio del Servicio de Impuestos Internos chileno clarifica el tratamiento tributario de la compraventa de criptomonedas, su clasificación en la LIR y el IVA aplicable a sus comisiones, según la ley 21.420 y normativa vigente.
Resumen
- Para efectos tributarios, las criptomonedas se entienden como activos digitales o virtuales, soportados en un registro digital único denominado blockchain, desregulado, sin intermediador y no controlados por un emisor central, cuyo precio está determinado por la oferta y la demanda.
- Las criptomonedas no se consideran en Chile como monedas de curso legal ni como monedas extranjeras o divisas.
- Los ingresos percibidos por la actividad de compra y venta de criptomonedas por cuenta propia y no como intermediario clasifican en el N° 5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), debiendo afectarse con los impuestos generales de dicha norma.
- La compraventa de cripto activos, al recaer sobre bienes incorporales, no se encuentra afecta a IVA. Se debe emitir una factura por ven...
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