SII - Oficio N°1309 (28/04/2023)
Aplicación de depreciación instantánea para plantaciones frutales: fecha de adquisición y desembolsos
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos clarifica que para la depreciación instantánea de plantaciones frutales bajo la Ley 21.210, tanto la adquisición como los desembolsos deben ocurrir dentro del periodo de vigencia del beneficio, independientemente de la fecha de producción.
Resumen
- El propósito del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210 es incentivar la inversión, el crecimiento económico, la generación de empleo y el dinamismo económico a través de la depreciación acelerada.
- El régimen de depreciación acelerada del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210 busca generar un mayor flujo de caja para las empresas, constituyendo un incentivo claro para invertir en los años en que rige el beneficio.
- La norma sobre depreciación instantánea considera la oportunidad en que se realizó la inversión efectiva en los bienes del activo inmovilizado.
- Para efectos de la aplicación del régimen de depreciación instantánea del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210, es relevante tanto la fecha de adquisición del...
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