SII - Oficio N°2139 (03/08/2023)

Tratamiento tributario de trabajo remoto de chileno residente en España

Abstracto

Una persona natural chilena que trabaja remotamente desde España para una empresa chilena mantiene su domicilio tributario en Chile, estando sujeta a impuestos chilenos, con la aplicación del Convenio Chile-España para evitar doble imposición y determinar el crédito fiscal correspondiente.

Resumen

  • La persona natural que presta servicios a una empresa chilena y recibe ingresos desde Chile mantiene su domicilio en Chile si conserva el asiento principal de sus negocios en el país, directa o indirectamente, según el artículo 4º de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
  • Una persona con domicilio en Chile tributará en el país por sus rentas de cualquier origen, incluidas las de fuente chilena y extranjera, conforme al artículo 3º de la LIR.
  • Las rentas del trabajo dependiente obtenidas por la trabajadora se encuentran gravadas con Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC), el cual debe ser retenido y enterado por el empleador chileno al Fisco, de acuerdo con los artículos 42 N°1, 74 N°1 y 78 de la LIR.
  • La obligación de presentar la declaración anual de renta en Chile por rentas g...

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