SII - Oficio N°2185 (09/08/2023)
Inclusión ingresos entidades relacionadas extranjeras para límite régimen pro pyme
Abstracto
El SII confirma que los ingresos de entidades relacionadas no domiciliadas ni residentes en Chile deben considerarse para calcular el límite de ingresos y acceder al régimen pro pyme, bajo apercibimiento de fiscalización y sanciones.
Resumen
- Para acogerse al régimen pro pyme, el promedio anual de los ingresos brutos percibidos o devengados del giro del contribuyente, considerando los tres ejercicios anteriores a aquel en que se vaya a ingresar al régimen, no debe exceder las 75.000 unidades de fomento.
- El cálculo del promedio de los ingresos brutos para el régimen pro pyme exige sumar los ingresos brutos del giro de las empresas o entidades relacionadas, según lo dispuesto en el número 17 del artículo 8º del Código Tributario.
- Las normas de relación tributaria no se circunscriben al ámbito nacional, por lo que se deben sumar los ingresos de entidades relacionadas no domiciliadas ni residentes en Chile para cumplir el requisito de límite de ingresos del régimen pro pyme.
- Si un contribuyente se encuentra acogido al régim...
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