SII - Oficio N°2222 (17/08/2023)
Deducción de gastos por servicios de sociedades a estudio profesional
Abstracto
El SII informa que los pagos de un estudio profesional a sus sociedades socias por servicios prestados son deducibles como gasto, si se acreditan, son razonables y debidamente documentados, sin duplicar costos.
Resumen
- Los pagos realizados por un estudio profesional a sus sociedades socias por servicios profesionales efectivamente prestados son deducibles como gasto necesario para producir renta, conforme al inciso primero del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- La deducibilidad del gasto está sujeta a la acreditación de la realización efectiva de las labores profesionales en beneficio de la sociedad (estudio).
- El monto del gasto por servicios prestados por las sociedades socias al estudio debe ser razonable, atendidas las circunstancias del caso, incluyendo la importancia de la empresa, rentas declaradas, servicios prestados, rentabilidad del capital, importancia del cargo y honorarios de mercado.
- Las sociedades socias que presten servicios al estudio deberán emitir la documen...
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