SII - Oficio N°2381 (06/09/2023)

Cálculo de Restitución Adicional de IVA según Artículo 27 Bis LIVS

Abstracto

Se aclara que los ingresos por dividendos o ganancias de capital, no facturados, deben considerarse para el cálculo de la restitución adicional de IVA según Art. 27 bis LIVS, al ser ingresos no gravados.

Resumen

  • Una empresa dedicada exclusivamente al arriendo de bienes inmuebles amoblados consultó sobre la devolución del IVA asociado a la compra de sus bienes raíces, bajo el amparo del artículo 27 bis de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
  • La consultante afirmó que la totalidad de sus ingresos se encuentran afectos a IVA y solicitó determinar si los ingresos por dividendos o ganancias de capital, provenientes de actividades de fondos, sociedades de inversiones o entidades financieras similares, debían ser considerados afectos o exentos a IVA para el cálculo de la restitución adicional, dado que no se emiten facturas por ellos.
  • La normativa del artículo 27 bis de la LIVS establece que si un contribuyente, tras obtener una devolución de remanentes de crédito fiscal, realiza ...

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