SII - Oficio N°2436 (14/09/2023)
Interpretación de exención tributaria LIR Art. 9 Ley 21.420 a activos realizables
Abstracto
La exención tributaria del Art. 9 de la Ley N° 21.420 aplica a empresas de adquisición y venta de vehículos sobre sus activos realizables, siempre que cumplan requisitos legales y destinación efectiva.
Resumen
- Se analiza el alcance de la exención tributaria establecida en la segunda parte del inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 21.420.
- La interpretación se fundamenta en la Circular N° 57 de 2022 y la Circular N° 38 de 2023, que modificó la anterior sobre la misma materia.
- La exención se vincula con las actividades empresariales descritas en los numerales 1°, 3°, 4° y 5° del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- La consulta específica busca determinar si la exención aplica únicamente a los bienes del activo fijo o también a los bienes del activo realizable.
- Esta consulta se plantea en el contexto de empresas cuyo giro principal es la adquisición y enajenación de vehículos, así como su mantenimiento y reparación.
- Se establece que la exención procede si los biene...
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