SII - Oficio N°2593 (04/10/2023)

Deducción de remuneración a accionista-director: Requisitos según LIR

Abstracto

La remuneración de un accionista que además es director de una sociedad anónima cerrada es deducible como gasto si es razonablemente proporcional y corresponde a servicios efectivamente prestados, cumpliendo requisitos del Art. 31 LIR, diferenciándose de dietas por cargo de director.

Resumen

  • La consulta aborda la deducibilidad como gasto tributario de la remuneración pagada a un accionista de una sociedad anónima cerrada, quien además ejerce funciones de director y tiene un contrato de trabajo con la misma.
  • Según el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), los contribuyentes de primera categoría pueden deducir gastos necesarios para producir renta, siempre que estén asociados al interés del negocio y se acrediten fehacientemente.
  • El párrafo cuarto del N° 6 del inciso cuarto del artículo 31 de la LIR establece que se acepta como gasto la remuneración asignada a un socio o accionista que efectivamente trabaje en la empresa, siempre que sea razonablemente proporcionada a la importancia de la empresa, las rentas declaradas, los servicios prestados y la rentabil...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora