SII - Oficio N°2593 (04/10/2023)
Deducción de remuneración a accionista-director: Requisitos según LIR
Abstracto
La remuneración de un accionista que además es director de una sociedad anónima cerrada es deducible como gasto si es razonablemente proporcional y corresponde a servicios efectivamente prestados, cumpliendo requisitos del Art. 31 LIR, diferenciándose de dietas por cargo de director.
Resumen
- La consulta aborda la deducibilidad como gasto tributario de la remuneración pagada a un accionista de una sociedad anónima cerrada, quien además ejerce funciones de director y tiene un contrato de trabajo con la misma.
- Según el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), los contribuyentes de primera categoría pueden deducir gastos necesarios para producir renta, siempre que estén asociados al interés del negocio y se acrediten fehacientemente.
- El párrafo cuarto del N° 6 del inciso cuarto del artículo 31 de la LIR establece que se acepta como gasto la remuneración asignada a un socio o accionista que efectivamente trabaje en la empresa, siempre que sea razonablemente proporcionada a la importancia de la empresa, las rentas declaradas, los servicios prestados y la rentabil...
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