SII - Oficio N°2716 (25/10/2023)
Exención de IVA para comunidades de aguas bajo Ley 20.998
Abstracto
Se consulta sobre la exención de IVA a cobros de cuotas por comunidades de aguas para mantenimiento de infraestructura, bajo el artículo 64 bis de la Ley N° 20.998. El oficio aclara que la administración de agua para riego no califica para dicha exención al no cumplir requisitos legales.
Resumen
- La consulta aborda la aplicación de la exención de IVA, contemplada en el artículo 64 bis de la Ley N° 20.998, a los cobros de cuotas efectuados por una comunidad de aguas para el mantenimiento de su infraestructura.
- El artículo 64 bis de la Ley N° 20.998 favorece la prestación de "servicios sanitarios rurales" realizada por "operadores" inscritos en el registro correspondiente.
- Los "servicios sanitarios rurales" se definen como la provisión de agua potable y/o saneamiento, sin fines de lucro.
- Dicha prestación debe contar con el aporte de inversión y capacitación del Estado, y ser operada por un licenciatario.
- El concepto de "operador" se refiere al licenciatario que administra un servicio sanitario rural, incluyendo comités, cooperativas o personas naturales o jurídicas autoriza...
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