SII - Oficio N°2718 (25/10/2023)
Exención IVA en ventas y arriendos inmuebles: Ley 10.502 vs. LIVS
Abstracto
El Oficio aclara que la exención de IVA de la Ley N° 10.502 para la Federación Aérea y Clubes Aéreos quedó sin efecto por la entrada en vigor de la LIVS, rigiéndose ahora por sus normas generales para ventas de activo fijo y arriendos de inmuebles.
Resumen
- Se consulta si la exención de IVA contenida en el artículo 4° de la Ley N° 10.502, previamente reconocida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para no afectar rentas de primera categoría, se extiende a la liberación de IVA para ventas de activo fijo y arrendamientos de inmuebles.
- El artículo 4° de la Ley N° 10.502 establece que la Federación Aérea de Chile y los Clubes Aéreos afiliados a ella quedan exentos de toda contribución o derecho fiscal o municipal, presente o futuro, sobre sus bienes y rentas.
- La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), al derogar la Ley N° 12.120, también derogó, en su artículo 86°, "todas las exenciones, totales o parciales, contenidas en leyes generales, especiales, contratos leyes, decretos y todo otro texto legal o reglamentario, que d...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora