SII - Oficio N°3152 (21/12/2023)
Alcance Exención Ley 18.392 Art. 11 Ventas, Servicios e Impuesto Territorial
Abstracto
Este oficio clarifica el alcance de la exención de IVA y impuesto territorial bajo el artículo 11 de la Ley 18.392, aplicable a operaciones entre residentes de una zona específica.
Resumen
- El inciso primero del artículo 11 de la Ley N° 18.392 establece exenciones para ventas y servicios realizados o prestados en general por personas (vendedores habituales o no) domiciliadas o residentes en una zona territorial indicada en el artículo 1°, siempre que dichas operaciones recaigan sobre bienes situados en ella o servicios prestados y/o utilizados en la referida zona territorial.
- La exención de ventas y servicios, de acuerdo al inciso primero del artículo 11 de la Ley N° 18.392, aplica por el plazo señalado en dicho artículo, liberando de los impuestos de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- El inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 18.392 otorga, por igual período, exención total del impuesto territorial, establecido en la Ley N° 17.235, a los bienes ra...
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