SII - Oficio N°320 (07/02/2024)
Tratamiento tributario de modificaciones a seguros de vida según LIHAD
Abstracto
Se determina que las modificaciones a seguros de vida que no implican aumento de beneficios ni inciden en las sumas pagaderas no están sujetas al nuevo régimen tributario del artículo 17 de la Ley de Herencias, Asignaciones y Donaciones.
Resumen
- El caso analiza la aplicación del artículo 17 de la Ley N° 16.271 (LIHAD) a modificaciones realizadas en un contrato de seguro de vida suscrito en diciembre de 2013.
- Las modificaciones planteadas consisten en una disminución de la prima, argumentando una reducción de riesgos por mejora en estilo de vida y salud del asegurado.
- Otra modificación solicitada es la designación de beneficiarios subsidiarios para evitar que la totalidad del seguro sea entregada a un único hijo sobreviviente en caso de fallecimiento del otro hijo (nieto del asegurado).
- La consulta busca confirmar si estas modificaciones, que no alteran el número de póliza, fecha de emisión, monto, coberturas o riesgos asegurados, quedan excluidas del nuevo tratamiento tributario de la LIHAD.
- El Servicio se remite a lo re...
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