SII - Oficio N°374 (15/02/2024)

Devolución anticipada IVA artículo 27 bis LIVS con beneficio Ley 21.631

Abstracto

Aclara que personas naturales con giro de arriendo de inmuebles, que usaron beneficio Ley 21.631 en compra de vivienda, pueden solicitar devolución anticipada de IVA Art. 27 bis LIVS si el inmueble es activo fijo y se destina a actividades gravadas, cumpliendo requisitos.

Resumen

  • El beneficio tributario de la Ley N° 21.631 se aplica al impuesto a la renta para personas naturales domiciliadas y residentes en Chile que adquieran una vivienda nueva con destino habitacional mediante crédito hipotecario.
  • El beneficio de la Ley N° 21.631 es compatible con otros créditos del impuesto a la renta y no restringe otros beneficios tributarios legales.
  • Una persona natural con giro comercial (arrendamiento de inmuebles) que utilizó el beneficio de la Ley N° 21.631 en la compra de una propiedad, puede consultar si puede solicitar la devolución anticipada de IVA.
  • La solicitud de devolución anticipada de IVA bajo el artículo 27 bis de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) procede si el inmueble adquirido forma parte del activo fijo del consultante.
  • El inmu...

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