SII - Oficio N°803 (24/04/2024)
Circular sobre reconocimiento de ingresos por pago con tarjeta de crédito en pro pyme
Abstracto
Circular aclara que el régimen pro pyme reconoce ingresos por ventas con tarjeta de crédito en cuotas sin interés al momento de percibir cada cuota del emisor u operador, basándose en flujos de caja.
Resumen
- La determinación de la base imponible para contribuyentes acogidos al régimen pro pyme, según la letra (f) del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), consiste en sumar los ingresos del giro percibidos en el ejercicio y deducir los gastos o egresos pagados en el mismo.
- El régimen pro pyme determina su base imponible en base a flujos de caja, reconociendo ingresos en el momento en que son percibidos y gastos en el momento en que son pagados.
- La consulta aborda la oportunidad de reconocer como ingreso, para contribuyentes del régimen pro pyme, el pago recibido mediante tarjeta de crédito en cuotas sin interés por la venta de productos.
- El pago con cargo a tarjeta de crédito, ya sea en cuotas con o sin interés, por la venta de productos de un est...
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