SII - Circular N°31 (12/07/2024)

Circular N°31 Suspende Instrucciones sobre Impuesto Adicional a Bebidas

Abstracto

Esta Circular N°31 suspende provisionalmente las instrucciones de la Circular N°11 de 2024 sobre la aplicación del impuesto adicional al IVA a néctares y bebidas, considerando fallos judiciales y dificultades operativas.

Resumen

  • La Circular N°31, emitida por la Subdirección Normativa de Impuestos Indirectos, suspende provisionalmente las instrucciones dictadas previamente en la Circular N°11 de 2024.
  • La materia principal de la Circular N°31 es la suspensión provisional de lo instruido en la Circular N°11 de 2024.
  • La Circular se refiere y fundamenta en el Artículo 42, letra a), del Decreto Ley N° 825 de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
  • La Circular N°11 de 2024 había fijado un criterio para la aplicación del impuesto adicional al Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en el artículo 42 del DL 825/1974.
  • Este impuesto adicional grava las ventas o importaciones (sean estas habituales o no) de especies, incluyendo néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas, según las tasa...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora