SII - Oficio N°1334 (04/07/2024)
Aplicación de IVA a beneficios institucionales bajo convenio marco y tarjetas virtuales.
Abstracto
Suma entregadas por la Fiscalía a YY por beneficios institucionales no son venta gravada con IVA, pues YY administra la entrega; el IVA se genera al momento de la adquisición de bienes por el beneficiario al comercio vendedor.
Resumen
- La consulta aborda la aplicación del Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) a sumas entregadas a la entidad YY en el marco de un convenio para "beneficios institucionales".
- El convenio marco permite a instituciones públicas otorgar beneficios a sus funcionarios para adquirir bienes en comercios asociados, mediante medios electrónicos como tarjetas virtuales o sistemas wallet.
- La entidad YY actúa como administradora de los beneficios y facilitadora de acceso a comercios, no siendo vendedora directa de los bienes adquiridos por los funcionarios.
- La entrega de dinero por la Fiscalía a YY para la administración de estos beneficios no constituye una "venta" según el artículo 2°, N° 1°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- Por lo tanto, no corresponde recargar IVA...
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