Suprema - Rol N° 3597-2006
Procedencia y Alcance del Recurso de Queja y Nulidad en Chile
Abstracto
El recurso de queja procede contra sentencias definitivas o interlocutorias que terminan el juicio. Las resoluciones sobre nulidad no admiten recurso, salvo la revisión de condenas firmes, sin constituir nueva instancia.
Resumen
- El recurso de queja, en conformidad al artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, solo procede contra las sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación.
- Conforme al artículo 387 del Código Procesal Penal, las resoluciones que fallan un recurso de nulidad no son susceptibles de recurso alguno.
- Se exceptúa de la regla general del artículo 387 del Código Procesal Penal, la posibilidad de revisión de la sentencia firme condenatoria.
- El recurso de nulidad no constituye una apertura de instancia, sino que se limita a la revisión de causales específicas de infracción de derechos, ya sean constitucionales o de otra índole....
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