Suprema - Rol N° 4555-2004

Corte Suprema anula de oficio procedimiento por vicio de incompetencia de funcionario.

Abstracto

La Corte Suprema declara la nulidad de oficio de un procedimiento judicial porque fue tramitado por un funcionario sin calidad de juez, invalidando las actuaciones y retrotrayendo la causa al estado de ser proveída por la autoridad competente.

Resumen

  • La Corte Suprema debe revisar la regularidad formal del procedimiento como cuestión previa, pues cualquier anomalía advertida hace inútil el análisis de la materia de fondo.
  • Durante el examen del caso, la Corte Suprema advirtió un defecto que constituye un vicio de procedimiento.
  • Este vicio se originó porque actos procesales fueron realizados por un funcionario que no ostentaba la calidad de juez.
  • Las actuaciones llevadas a cabo por dicho funcionario, a partir de fojas 98, carecieron de eficacia jurídica y legitimidad al faltar el requisito básico de un tribunal competente.
  • La Corte Suprema procedió a declarar la nulidad procesal de oficio, en ejercicio de sus facultades legales.
  • El artículo 83 del Código de Procedimiento Civil permite la declaración de nulidad procesal, de ofi...

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