Suprema - Rol N° 1139-2007
Corte Suprema revoca orden de detención por vicios procesales y constitucionales
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de amparo y deja sin efecto orden de detención por vicios en la notificación y declaración de rebeldía del imputado, vulnerando garantías constitucionales.
Resumen
- El artículo 127 del Código Procesal Penal contempla el ejercicio de la facultad de los jueces para ordenar la detención de los imputados, distinguiendo dos situaciones diferentes: la general y la especial.
- La situación especial de detención regulada en el inciso segundo del artículo 127 del Código Procesal Penal exige el cumplimiento de emplazamiento legal previo de la respectiva orden de citación y la falta de comparecencia del citado sin causa justificada.
- El caso analizado se rige por el inciso segundo del artículo 127 del Código Procesal Penal, relacionado con la normativa sobre formalización de la investigación.
- Los artículos 229 y 231 del Código Procesal Penal son relevantes, pues exigen que la audiencia a la cual debe ser citado el imputado sea legalmente notificada.
- La de...
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