Suprema - Rol N° 1414-2007
Interpretación sobre competencia de Cortes de Apelaciones para recursos de queja
Abstracto
Se aclara que Cortes de Apelaciones conocen en única instancia recursos de queja contra jueces de garantía y tribunales orales, al ser estos órganos jurisdiccionales según el art. 63 COT modificado.
Resumen
- La Ley N° 19.708 modificó el artículo 63 N° 1, letra c) del Código Orgánico de Tribunales (COT) con fecha de entrada en vigencia 5 de enero de 2001.
- La norma modificada establece que las Cortes de Apelaciones conocerán en única instancia de los recursos de queja deducidos en contra de jueces de letras, jueces de policía local, jueces árbitros y órganos que ejerzan jurisdicción dentro de su territorio jurisdiccional.
- La expresión "órganos que ejerzan jurisdicción dentro de su territorio jurisdiccional" debe comprender de manera natural a los jueces de garantía.
- La misma expresión "órganos que ejerzan jurisdicción dentro de su territorio jurisdiccional" debe comprender de manera natural a los tribunales orales en lo penal.
- La inclusión de los jueces de garantía y de los tribunales ...
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