Suprema - Rol N° 3327-2008
Suprema: Carabineros debe reconocer beneficios económicos a personal civil
Abstracto
La Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de protección, ordenando a Carabineros reconocer y pagar beneficios económicos a personal civil, debido a una omisión ilegal en equiparar su situación a la del personal de fila, vulnerando derechos de propiedad e igualdad.
Resumen
- La presente acción constitucional es un recurso de protección interpuesto contra la Dirección General de Carabineros por presunta omisión injustificada en el reconocimiento de beneficios económicos.
- La omisión reclamada se origina en la falta de emisión de una resolución que reconozca a los recurrentes el derecho a percibir beneficios económicos establecidos en la Ley N°18.961.
- El artículo 6, inciso final, de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros (Ley 18.691) establece que el personal civil ocupará plazas de grados equivalentes a las del personal de fila y se agrupará jerárquicamente en sus escalafones.
- La reubicación del personal civil en el grado correspondiente al del personal de fila, según la Ley 18.691, es una disposición imperativa que no requiere otro requisito y ap...
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