Suprema - Rol N° 6321-2008
Suprema: Despido Justificado por Pensión de Invalidez de Docente Municipal
Abstracto
La Corte Suprema confirma el despido justificado de una docente municipal por la obtención de pensión de invalidez, desestimando sus alegatos sobre causal de enfermedad irrecuperable y derecho a remuneraciones.
Resumen
- La relación laboral de una profesora municipal con la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta terminó el 26 de diciembre de 2006, invocándose la causal de obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia, según la letra d) del artículo 72 de la Ley 19.070.
- El artículo 72 de la Ley 19.070 (Estatuto Docente) establece las causales de término de contrato para profesionales de la educación de la planta municipal, sin especificar un orden de prelación entre ellas, permitiendo al empleador invocar cualquiera de las causales contempladas.
- La demandante argumentó que su despido debió basarse en la causal de salud irrecuperable (letra g del artículo 72) en lugar de la obtención de pensión de invalidez (letra d), sosteniendo que la pensión se originó por una enfermedad decl...
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