Suprema - Rol N° 3664-2007
Suprema confirma cese de custodia de transportista marítimo al entregar carga a terceros
Abstracto
La Corte Suprema confirma que la responsabilidad del transportista marítimo cesa al entregar la carga a terceros designados por el consignatario, rechazando casación sobre pérdidas no probadas en su custodia.
Resumen
- La responsabilidad del transportista marítimo se extiende durante todo el período en que las mercancías están bajo su custodia.
- El período de custodia de las mercancías se inicia desde el momento en que el transportador las toma a su cargo y termina al ser entregadas en las formas dispuestas por la ley, incluyendo su puesta a disposición del consignatario o de un tercero designado.
- La distinción entre contrato de fletamento (obligación de medios) y contrato de transporte marítimo (obligación de resultado) es fundamental para determinar la responsabilidad del armador o transportador.
- En el presente caso, la Corte Suprema determinó que los contratos analizados eran de transporte marítimo, no de fletamento, debido a la emisión de conocimientos de embarque y la naturaleza de las obliga...
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