Suprema - Rol N° 5549-2008
Corte Suprema: Criterio sobre plazo para reclamar indemnización expropiatoria
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de casación, estableciendo que el plazo para reclamar la indemnización expropiatoria se computa desde la toma de posesión material efectiva del inmueble, debidamente acreditada y conocida por el expropiado.
Resumen
- El plazo legal para que el expropiado reclame la indemnización definitiva de la expropiación se rige por el artículo 12 del Decreto Ley N° 2.186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones.
- Dicho plazo se computa a partir de la 'toma de posesión material' del inmueble expropiado.
- La 'toma de posesión material' se interpreta como la efectiva entrega física y material del bien, siendo el hito que asegura el conocimiento real y concreto del expropiado sobre la pérdida definitiva de dominio y posesión.
- Los tribunales de casación no pueden modificar los hechos establecidos por los tribunales de instancia; su función es revisar la legalidad de la sentencia y su conformidad con el derecho.
- El Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu), recurrente en casación, argumentó que la tom...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora