Suprema - Rol N° 7935-2010
Corte Suprema rechaza de plano solicitud de revisión de sentencia
Abstracto
La Corte Suprema desestimó de plano una solicitud de revisión de sentencia, al considerar que los argumentos expuestos se asemejan más a un recurso de apelación que a la causal de revisión invocada, conforme a los artículos 473 y 475 del Código Procesal Penal.
Resumen
- La revisión de sentencias firmes procede en el nuevo sistema procesal penal únicamente en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código.
- El artículo 473, literal a), del Código dispone que la Corte Suprema podrá rever extraordinariamente las sentencias firmes en que se hubiere condenado a alguien por crimen o simple delito, para anularlas, cuando en virtud de sentencias contradictorias, estuvieren sufriendo condena dos o más personas por un mismo delito que no hubiere podido ser cometido más que por una sola.
- En el presente caso, el argumento esgrimido para la revisión se basó en que la otra condenada tuvo siempre el control de la situación y que el Ministerio Público no probó la existencia de concierto previo para atribuir responsabilidad de autora, sugiriendo que ...
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