Suprema - Rol N° 8970-2010
Corte Suprema resuelve cobertura Ley de Urgencia por riesgo vital del paciente
Abstracto
La Corte Suprema acogió recurso de protección, declarando ilegal la negativa de cobertura de la Ley de Urgencia al paciente, por cuanto su condición inicial implicó riesgo vital y atención impostergable.
Resumen
- El artículo 3º del Decreto Supremo N°369 de 1985 define 'emergencia o urgencia' como toda condición de salud o cuadro clínico que implique riesgo vital y/o secuela funcional grave que requiera atención médica inmediata o impostergable.
- La determinación de la condición de emergencia o urgencia debe ser efectuada por un médico cirujano en la unidad de urgencia, pública o privada, y ser certificada por él.
- La legislación sobre atenciones de salud de urgencia o emergencia busca asegurar el acceso a estos servicios, especialmente ante exigencias de garantías financieras por establecimientos privados.
- Se constató una discrepancia en cuanto al estado de salud del paciente al momento de su ingreso al servicio de urgencia, existiendo versiones que indicaban estabilidad y otras que sugerían ...
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