Suprema - Rol N° 5667-2009
Corte Suprema: Inscripción de enajenación de derechos en predio rústico
Abstracto
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación, confirmando que la venta de acciones y derechos de un predio rústico requiere la constancia de prohibición de cambio de destino, conforme al D.L. 3.516.
Resumen
- La gestión voluntaria se originó por la negativa del Conservador de Bienes Raíces a inscribir una escritura pública de compraventa de acciones y derechos de un predio rústico.
- El Conservador de Bienes Raíces rechazó la inscripción por no constar en la escritura la prohibición de cambio de destino de la tierra, requisito del artículo 1º del D.L. N° 3.516.
- Los tribunales de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Temuco confirmaron la decisión del Conservador, rechazando el reclamo presentado.
- La parte recurrente en casación argumentó que el D.L. N° 3.516 aplica a predios rústicos, no a la inscripción de acciones y derechos sobre ellos, distinguiendo entre cosas corporales e incorporales según el artículo 565 del Código Civil.
- El recurso de casación en el fondo planteó la co...
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