Suprema - Rol N° 289-2011
Rechazo de Recurso por Incumplimiento de Patrocinio de Abogado Habilitado
Abstracto
Tribunal rechaza recurso por falta de firma y patrocinio de abogado habilitado, conforme al Código Orgánico de Tribunales y Ley 18.120, declarando no presentada la solicitud.
Resumen
- El Código Orgánico de Tribunales, artículo 548 inciso segundo, exige que los recursos legales sean interpuestos por la parte personalmente, su mandatario judicial o abogado patrocinante, requiriendo expreso patrocinio por abogado habilitado.
- La Ley N° 18.120, en sus artículos 1º y 2º inciso cuarto, establece el requisito de patrocinio profesional para la comparecencia en juicio.
- En el presente caso, se configuró un vicio formal en el recurso interpuesto, consistente en la omisión de la firma del abogado profesional que lo interponía.
- El compareciente no cumplió con la exigencia legal al limitarse a señalar su nombre e identificarse como abogado, sin acreditar su calidad de patrocinante del recurso.
- Dicha omisión constituye una vulneración a lo dispuesto en la Ley N° 18.120 sobre ...
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