Suprema - Rol N° 7667-2011
Corte Suprema: Término anticipado de contrata por no necesidad de servicios
Abstracto
La Corte Suprema rechazó recurso de protección contra el término anticipado de un contrato a contrata en la Universidad de Los Lagos, confirmando la facultad de la autoridad para cesar servicios 'mientras sean necesarios', al no acreditarse ilegalidad o arbitrariedad.
Resumen
- El contrato a contrata, según el Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834), es un empleo de carácter transitorio, cuya duración máxima es hasta el 31 de diciembre de cada año, expirando sus funciones por el solo ministerio de la ley en esa fecha.
- La cláusula contractual 'mientras sus servicios sean necesarios' es armónica con la naturaleza transitoria de los empleos a contrata y permite a la autoridad poner término a las funciones del empleado antes de la fecha de expiración anual.
- El actor, funcionario a contrata de la Universidad de Los Lagos, demandó la ilegalidad y arbitrariedad de la decisión de poner término anticipado a su contrato, invocando como motivo la frase 'Por no ser necesarios sus servicios'.
- La defensa de la Universidad sostuvo que la autoridad administrativa se enco...
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