Suprema - Rol N° 10604-2011

Confirmación de Corte Suprema: cómputo de plazos administrativos en materia laboral

Abstracto

La Corte Suprema confirma sentencia de apelación que establece que el plazo de 30 días para reclamaciones administrativas laborales es de días hábiles, aplicando supletoriamente la Ley 19.880 ante el silencio del Código del Trabajo.

Resumen

  • El presente caso analiza la correcta interpretación del plazo de 30 días establecido en el artículo 512 del Código del Trabajo para deducir reclamaciones administrativas contra resoluciones de multas, determinando si dicho plazo debe computarse como días corridos o hábiles.
  • Los recurrentes sostienen que, ante el silencio del Código del Trabajo respecto a la naturaleza del plazo, debe aplicarse supletoriamente la Ley 19.880 y el Código Civil, computando el plazo como días hábiles.
  • El recurrido (Inspector Provincial del Trabajo) argumenta que el Código del Trabajo es claro en especificar "días hábiles" cuando aplica esa modalidad, por lo que su silencio implica días corridos, y que la Ley 19.880 no es aplicable en este caso.
  • La Ley 19.880, de bases de los procedimientos administrativ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora