Suprema - Rol N° 4765-2012

Corte Suprema rechaza casación por contrato de arriendo inoponible en precario.

Abstracto

La Corte Suprema rechaza un recurso de casación en el fondo, confirmando que un contrato de arrendamiento con un tercero no es oponible al propietario actual en un juicio de precario, al no cumplir los requisitos legales para enervar la acción.

Resumen

  • La sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tres Canto Limitada, como propietaria inscrita, interpuso demanda de precario para recuperar la posesión de un inmueble adquirido el 29 de octubre de 2010.
  • Los demandados ocupaban el inmueble fundando su tenencia en un contrato de arrendamiento con doña Isolina Bobadilla Arroyo, anterior a la adquisición del bien por la demandante.
  • La acción de precario se configura por la tenencia de una cosa ajena sin previo contrato y por mera tolerancia o ignorancia del dueño (Art. 2195, inciso segundo, Código Civil).
  • Son requisitos de la acción de precario: ser dueño del bien, que el demandado lo ocupe, y que esta ocupación sea sin título oponible o por mera tolerancia del propietario.
  • Las sentencias de primera instancia y de apelación acogieron la dema...

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