Suprema - Rol N° 7400-2013
Corte Suprema rechaza revisión de sentencia firme por extemporaneidad
Abstracto
La Corte Suprema rechaza de plano una solicitud de revisión de sentencia firme tributaria, interpuesta por Gallyas S.A., por haber sido presentada fuera del plazo legal de un año establecido en el Código de Procedimiento Civil.
Resumen
- La revisión de una sentencia firme dictada en juicio civil debe formularse dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de la última notificación de la sentencia, según lo establece el artículo 810 del Código de Procedimiento Civil.
- Se presentó una solicitud de revisión de una sentencia firme dictada en un procedimiento de reclamo tributario con fecha 20 de julio de 2012 y notificada al contribuyente el 30 de julio de 2012.
- La solicitud de revisión fue interpuesta el 16 de septiembre del año 2013.
- La solicitud de revisión fue desestimada por extemporánea, al haber sido interpuesta fuera del plazo legal establecido en el inciso primero del artículo 811 del Código de Procedimiento Civil.
- La Corte Suprema, en virtud del artículo 811 del Código de Procedimiento Civil, rechazó d...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora