Suprema - Rol N° 4993-2014

Corte Suprema rechaza amparo económico por reconocimiento oficial de colegios

Abstracto

La Corte Suprema rechazó un amparo económico contra la SEREMI de Educación, determinando que la negativa de reconocimiento oficial al Colegio Alborada fue legal y no vulneró la libertad de empresa.

Resumen

  • La acción de amparo económico tiene por objeto la protección de la libertad de empresa como derecho fundamental, cuya procedencia se habilita por la infracción al derecho contemplado en el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República, de acuerdo a la Ley 18.971.
  • El reconocimiento oficial del Estado a los establecimientos educacionales está regulado principalmente por el Decreto N° 315 del Ministerio de Educación y el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 (Ley General de Educación), los cuales exigen el cumplimiento de requisitos técnico-pedagógicos, de infraestructura y jurídicos.
  • La Sociedad Educacional Colegio Alcázar Limitada solicitó el reconocimiento oficial para un nuevo establecimiento denominado 'Colegio Alborada', indicando como dirección , en Ari...

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